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Bancarrota

Bancarrota – Chapter 13 y Chapter 7 – Cual es la diferencia?

August 20, 2015 by admin

Bancarrota-espanol

Llegar al punto de la bancarrota es muy triste y una derrota personal.  Pero en algunas ocasiones es la alternativa inteligente cuando otras opciones para manejar nuestras deudas no funcionan o no van a ayudarnos en el largo plazo:

* Consolidacion de Pagos ( Debt Consolidation)

* Negociacion de Deudas ( Debt Settlement)

 

Hay dos alternativas de bancarrota: Chapter 13 y Chapter 7 .  Con las dos el puntaje de credito queda destruido.  Pero hay diferencia entre una y la otra

Bancarrota Chapter 7 Bancarrota  Chapter 13
Puntaje de Credito Destruido SI SI
Puede Conservar Propiedades (Casa con Hipoteca, Carro, etc) NO

SI

(Si puede hacer un plan de pago aceptable)

Debe Pagar Algunas Deudas NO SI

La corte le da un plan de pago de 3 a 5 anos para pagar algunas (o parte) deudas

Debe ir a Consejero de Credito ANTES de poder aplicar SI SI

Borra todas las deudas  UNSECURED (osea las que no las respalda una propiedad), para foreclosures, reposeciones, apropiaciones , cortes de utilidades y cobradores ( collections) SI SI

En cuantos años puede volver a Aplicar a Bancarrota? 8 2

 

Como ve la diferencia entre los dos tipos de bancarrota es grande y le van a sugerir primero la Chapter 13.  Estudie lo que mas le convenga y sea realista a la hora de hacer sus planes.  Si va a bancarrota –Chapter 13 y no puede cumplir el plan de pago terminara yendo a una Bancarrota Total ( Chapter 7) y será esta vez mas dolorosa pues abra perdido tiempo y dinero…

Filed Under: Bancarrota, Eliminar Deudas Tagged With: bancarrota

Propiedades que se Salvan de la Bancarrota ( Exentos)

June 24, 2010 by admin

Existen bienes que solamente le pertenecen a usted y quedan protegidos cuando hace su declaración de quiebra. A estas propiedades se las llaman “bienes exentos”( libres o que se salvan) y no podrán ser vendidos o usados para pagar a sus acreedores durante su proceso de declaración de quiebra. Todas sus demás propiedades son consideradas como disponibles para pagar y cubrir las deudas que usted tenga pendientes durante el proceso de quiebra, siempre y cuando sea bajo el Capítulo 7.

Estos son algunos ejemplos de bienes exentos:

* Su vivienda, puede ser el valor total o solamente una parte del valor.

* Su cuenta de ahorro para el retiro o jubilación.

* Si tiene algún negocio, quedan exentos sus muebles, herramientas y ropa de trabajo, vehiculos necesarios para que su negocio funcione y los muebles y libros que se consideren parte necesaria del negocio.

Si usted puso algún bien como garantía para un préstamo, como su vivienda (hipoteca or mortgage) o su automovil, generalmente no pueden ser bienes exentos, ya que usted los ha comprometido para el pago de una deuda.  En este caso, si usted no paga su casa se ira a foreclosure y su carro será reposeido incluso antes de que alcance a pensar en ir a bancarrota.

Aquellas personas o instituciones con los que tiene créditos o deudas pendientes, no pueden exigir que se vendan sus bienes que se catalogan como exentos.  Las deudas que usted tiene con ellos tendrán que pagarse en los plazos que sean convenidos a partir de la declaración de quiebra, o si se considera apropiado, se le podrían perdonar. Las leyes de quiebra establecen diferentes niveles de resguardo para que usted conserve su vivienda o la parte de ella se considerada como bien exento.

Las condiciones de protección a su vivienda, estan sujetas a las leyes estatales, según sea su lugar de residencia, generalmente sujetas a las siguientes reglas:

* Usted esta obligado a utilzar los bienes de su familia, si usted se ha cambiado de un estado a otro, y en el estado que ahora vive no ha cumplido los dos años de residencia.

* Usted puede exentar como valor máximo $136,875 del valor líquido de su casa, sin importar lo que estado le permita, si la vivienda fue adquirida en los 40 meses anteriores a su declaración de quiebra, este tiempo puede ser modificado si usted ha violado alguna ley de seguridad o ha sido declarado culpable de cierta conducta criminal.

* El valor máximo que usted puede solicitar, como valor exento de su casa es de USD$136,875, en el caso de que usted haya adquirido su vivienda 40 meses antes del día en que presentó su declaración de quiebra, sin embargo, las condiciones pueden ser modificadas si usted es encontrado cumplable de alguna conducta ílicita, restringiendo el tiempo o el valor máximo de vivienda que usted puede exentar.

* Recuerde esas exenciones son sobre sus bienes que usted tiene totalmente pagos, en los que no tiene deudas pendientes

Filed Under: Bancarrota, Educacion sobre Deudas

Deudas que NO Desaparecen con la Bancarrota

June 22, 2010 by admin

Es de gran importancia que conozca que al declararse en quiebra, no desaparecerán todas sus deudas. Para que usted pueda conservar sin riesgos sus propiedades, como su vivienda o automóvil, debe continuar pagando sus mensualidades, en caso contrario, sus acreedores pueden ejercer acción sobre los bienes que usted mismo estableció como garantía.

Si usted se presenta en quiebra, efectivamente, le ayudará a eliminar o saldar buena parte de sus creditos, sin embargo, hay deudas que generalmente no se pueden cancelar, por ejemplo:

* Pensión alimenticia y gastos regulares de hijos y de ex-esposo(a) ( Child Support and Alimony)

* Aquellos préstamos con fines educativos o académicos.

* Aquellas deudas que resulten de la orden de un juez o por acuerdo del divorcio.

* Aquellos Impuestos aplicables sobre los ingresos de negocios o por renta de bienes de años recientes.

* Aquellas sanciones económicas, ya sean multas o recargos, acreditados a las autoridades de su lugar de residencia, ya sea de orden estatal o federal, que pueden incluir multas de tránsito, multas por delitos menores, pago por daño de bienes, y/o recargos por no realizar sus pagos de impuestos a tiempo.

* Si usted compró artículos de lujo a crédito, debera pagar por ellos.

* Debe también pagar por aquellos préstamos en efectivo (pay day loan or cash advance) igual o mayores a USD$1,150, si lo solicitó 60 días antes del día en el que usted hace su declaración de quiebra.

* Si usted tiene adeudos por haber comprado artículos de lujo con una sola persona o negocio y su valor es mayor a USD$500, y los compró dentro de 90 días del día en que hace su declaración de quiebra, también debe pagar.

* Así mismo, debe pagar o reembolsar aquellos adelantos que haya recibido en efectivo si la cantidad es igual o mayor a USD$750, si los recibió 70 días antes del día en el que se declara en quiebra.

* Aquellas deudas o pagos impuestos por un juez, declarados en base a fraude o actividades no legales en las que usted haya incurrido, que pueden incluir daños a propiedad privada, a personas, delitos menores u otros en los que usted haya actuado con premeditación.

* Y aquellas deudas que usted haya contraído y que no haya mencionado en su declaración de quiebra.

Filed Under: Bancarrota, Controlar las Deudas

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